E&M Desarrollo Corporativo | 06 de Marzo del 2012 |
Para su aplicación, es necesario que la persona que se someterá a la prueba exprese su voluntad de hacerla ya que ella requiere condiciones como la adopción de ciertas conductas que hacen que solo se den cuando de forma bilateral hay disposición para ello; de no ser así no se podrían tomar los registros que se requieren para emitir un dictamen de la prueba.
El código penal colombiano está compuesto por normas de conducta y resultado; en ninguno de los tipos penales descritos al que se refiere el código, hay referencia taxativa a la prueba; sin embargo se pueden clasificar en el código penal Colombiano, como una prueba técnico científica; donde los aplicadores de la justicia, entrarán a determinar por medio de su criterio el uso del instrumento; que aunque en la historia de nuestro país no se ha usado para emitir un fallo, si se ha usado como principio favorable y para orientar investigaciones dentro del proceso metodológico. Igualmente se debe tener en cuenta que recientemente en países de Latinoamérica como Perú, se ha empezado a usar tímidamente para emitir fallos, en casos de ofensa sexual.
De la misma manera se considera importante resaltar que la prueba se encuentra validada como herramienta judicial en países como Estados Unidos, Canadá, Inglaterra, Holanda, Rusia, Bélgica, Israel, Japón, Australia, entre otros.
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